DIGESTO

Expediente N°3220

3220,1996,1996-06-13,1996-06-20,ARTÍCULO 1º.- Sustituyense los artículos 2° y 3° de la Ordenanza N° 2021/86 t.v., por los siguientes:nn“ARTICULO 2°.- A los fines de lo dispuesto en el artículo 1°, establecense las siguientes jerarquías para los integrantes de la Banda de Música Municipal…nn”ARTÍCULO 3º.- Los integrantes de la Banda de Música Municipal, serán retribuidos de acuerdo a la categoría en que revisten y según los Ensayos y Actuaciones que desarrollen, con las sumas que resulten de calcular los porcentajes del sueldo básico que rija para la Clase IV del Agrupamiento Personal Administrativo, con 35 horas semanales de labor, del Personal Municipal, que en cada caso se mencionan…nnARTÍCULO 2º.- Las disposiciones de esta Ordenanza regirán a partir de la fecha de su promulgación. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-t”