3251,1996,1996-08-15,1996-08-29,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto N° 682 del 8 de julio de 1996, del Departamento Ejecutivo, por el que se autoriza a la FILIAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS/AS – ADHERIDA A LA MESA COORDINADORA NACIONAL, inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público de esta Comuna bajo N° 095, a poner a poner en circulación una rifa para su venta en este Partido, cuyo beneficio será destinado a la realización de las obras detalladas en su artículo 1°; y se la exime, con carácter de excepción, de integrar el Fondo Benéfico de Rifas previsto en el artículo 16 de la Ordenanza N° 1458/79 t.v.. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-