DIGESTO

Expediente N°3252

3252,1996,1996-08-15,1996-08-29,ARTICULO 1º: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones para el Llamado a Licitación Pública para la Concesión de los Servicios Fúnebre y de Ambulancia Municipales, cuyo texto, como ANEXO I se declara parte integrante de esta Ordenanza. ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo para proceder al Llamado a Licitación Pública para la concesión de los servicios mencionados en el artículo anterior. ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a cubrir costos emergentes de l concesión, con el equipamiento existentes en ambos servicios, a través de las vías administrativas correspondientes, según lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones que se aprueba en el artículo 1º. ARTICULO 4º: Al adjudicarse la concesión, el Departamento Ejecutivo deberá propiciar la creación de la Partida Presupuestaria correspondiente para afrontar los gastos que demande la misma. ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n