3287,1996,1996-10-31,1996-11-07,ARTICULO 1º.- Convalidase en todas sus parte el Decreto N° 301 del Departamento Ejecutivo, de fecha 1° de abril de 1996, por el que se da por rescindido el Contrato suscripto el día 15 de mayo de 1993, entre la Municipalidad de Campana y el Señor Pedro Dionisio CASTAÑAGA y BONORA, cuya fotocopia corre a fs 52/53 del expediente N° 4016-1.346/93, y se dispone la contratación, a partir del 1° de abril de 1996 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, para los trabajos de tratamiento final de los residuos domiciliarios y/o industriales aprobados por la Dirección de Medio Ambiente, en la fracción de terreno denominada catastralmente como: Circunscripción IV, Parcelas 384, de su propiedad, en la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS $7.500.-, mas I.V.A mensuales, en un todo de acuerdo con la documentación obrante en el expediente N° 4016-1.346/93, Alcance 2, Cuerpo 1;nnARTICULO 2º.- Ratificase en todas sus partes el Convenio de Rescisión suscripto el 29 de marzo de 1996, entre la Municipalidad de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal Dn. Jorge Rubén VARELA y el Señor Pedro Dionisio CASTAÑAGA y BONORA, cuya fotocopia corre a fs 94 del expediente N° 4016-1.346/93, Alcance 2, Cuerpo 1, en cuya Cláusula Primera se declara resuelto a partir del 31 de marzo de 1996 y sin efecto futuro alguno el Contrato celebrado el 15 de mayo de 1993, referenciado en el artículo anterior, prorrogado hasta el 31 de marzo del mismo año por Decreto N° 027/96; y en cuya Cláusula Segunda la contratista se obliga a abonar a la Municipalidad la suma de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS $7.500.-, en lugar de ceder en forma gratuita un fracción equivalente a 2,5ha., que se encuentra dentro de las 25ha, designadas catastralmente como: Circunscripción IV, Parcelas 384. ARTICULO 3º.- Convalidase en todas sus parte el Contrato suscripto el 1° de abril de 1996, en concordancia con las disposiciones del artículo 2° del Decreto N° 301/96 del Departamento Ejecutivo, entre la Municipalidad de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal Dn. Jorge Rubén VARELA y el Señor Pedro Dionisio CASTAÑAGA y BONORA, en fotocopia corra a fs 4/5 del expediente N° 4016-1.346/93, Alcance 2, Cuerpo 2. ARTICULO 4º.- Dejase sin efecto la obligación estipulada en la ultima parte del artículo 2° de la Ordenanza N° 2.855/93, respecto a la cesión gratuita al Municipio, por parte del contratista , de una fracción equivalente a 2,5ha., del predio designado catastralmente como: Circunscripción IV, Parcelas 384, en virtud de la modificación acordada en la Cláusula Segunda del Contrato que se convalida en el artículo 2° de esta Ordenanza. ARTICULO 5º.- Los fondos emergentes de la modificación convenida en la Cláusula Segunda del Contrato que se convalida en el artículo 2°, ingresaran a la Sección 1, Sector 1, Rubro 2, Subrubro 5 “Ingresos Varios”, del Calculo de Recursos para el Año 1996. ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n