DIGESTO

Expediente N°3299

3299,1996,1996-11-14,1996-11-21,ARTICULO 1º: Dispónese la entrega a título de donación para establecimientos escolares y educacionales, e Instituciones de Bien Público del Partido, de DIEZ 10 Banderas Nacionales, anuales. ARTICULO 2º: La comisión de Cultura y Educación del Honorable Concejo Deliberante, determinará a los beneficiarios de las donaciones que se efectúen, luego de estudiar los casos particulares de las peticiones recibidas.nLa entrega se hará con un representante de cada Bloque junto al Presidente del Cuerpo. ARTICULO 3º: Los fondos necesarios se tomarán para el año en curso, del Capítulo I – Departamento Deliberativo, Finalidad 0, Programa 01, Sección 2, Sector 1, Inciso 1, Partida Principal 5 “Adquisiciones Generales Varias”, del Presupuesto General de Gastos vigente. ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n