DIGESTO

Expediente N°3301

3301,1996,1996-11-28,1996-11-29,nARTÍCULO 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a desafectar los importes recaudados disponibles y a recaudar hasta el 30 de noviembre de 1996, en concepto de Fondo Educativo. ARTÍCULO 2º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a transferir los saldos bancarios y los fondos que se recauden por el concepto indicado en el artículo anterior, al 30 de noviembre de 1996, a la Cuenta de Recursos Ordinarios y a la Contaduría Municipal a efectuar las adecuaciones contables necesarias que surjan de la aplicación de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-