3308,1996,1996-12-04,1996-12-04,ARTÍCULO 1º.- Autorizase la reducción de las dimensiones mínimas de parcela en el Conjunto Habitacional ubicado en el terreno cuya nomenclatura catastral es Circunscripción II, Sección Rural, Parcela 90g, propiedad del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires;, conforme al plano de mensura y división presentado en esta Municipalidad mediante expediente Nº 4016-24.548/96. Por lo tanto, las dimensiones mínimas de parcela para este conjunto habitacional serán:nnAncho:n7,50 metrosnSuperficie:n162,50 m2nnARTÍCULO 2º.- La autorización otorgada en el Artículo 2º se efectúa debido a que dicho conjunto constituye un “Plan Urbanístico Integral”, encuadrándose por lo tanto en lo establecido en el Artículo 52 del Decreto – Ley Provincial Nº 8912/77 t.v..- nnARTÍCULO 3º.- Manténgase para esta zona la aplicación de los indicadores urbanísticos FOS, FOT y DENSIDAD establecidos en el Articulo 7º de la Ordenanza Nº 1547/81. nARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-