3341,1997,1996-12-23,1997-01-03,ARTICULO 1º: Téngase por disuelta y liquidada la entidad civil, denominada CONSORCIO TALLER DE BARRIO, de carácter mixto, constituída entre esta Municipalidad y vecinos del Partido de Campana, que fuera creada mediante Ordenanza Nº 2550/90. ARTICULO 2º: Acéptase la donación a favor de este Municipio ofrecida por la entidad civil denominada CONSORCIO TALLER DE BARRIO, respecto de los bienes detallados en el ANEXO 1 de la presente Ordenanza, que constituyen el remanente de los que fueran dejados por la misma, conforme lo establecido en el artículo 29 del Estatuto de dicha entidad Civil; y asígnaselos a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. ARTICULO 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo para realizar todas las gestiones y tramitaciones necesarias ante quien corresponda para incorporar al patrimonio municipal los bienes detallados en el ANEXO I de esta Ordenanza. ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n