DIGESTO

Expediente N°3348

3348,1997,1996-12-23,1997-01-03,ARTICULO 1º: Transfiérese el dominio del inmueble perteneciente a esta Municipalidad, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección Rural, Parcela 90d, ubicado en jurisdicción del Partido de Campana, a favor del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para la transferencia a terceros a título onerosos, en las condiciones, precio de venta y plan de financiación que establezca el Departamento Ejecutivo de este Municipio con el referido Instituto, con destino exclusivo a la construcción de ochenta y seis 869 unidades para vivienda, dentro del marco del “Plan Familia Propietaria” establecido por la Ley Provincial Nº 11.423, que diera lugar al Convenio suscripto el 6 de septiembre de 1993 entre la Provincia de Buenos Aires y este Municipio, cuya fotocopia corre a fs. 26/28 del expediente Nº 4016-26210/96, convalidado por Ordenanza Nº 2895/93, cuya fotocopia luce a fs. 29/32 de dichas actuaciones y aprobado por Decreto Provincial Nº 1037/94 y en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la citada Ordenanza. ARTICULO 2º: La posesión del inmueble transferido en el artículo 1º, será otorgada al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires en el momento de serle notificada la presente Ordenanza. ARTICULO 3º: La escritura traslativa de dominio será otorgada al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires o a las personas que este indique, previa realización por parte del Municipio de todos los actos y gestiones necesarios para que el inmueble que se transfiere en el artículo 1º, se encuentre individualmente en condiciones aptas para escriturar a terceros en forma individual. ARTICULO 4º: El Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires dispondrá de un plazo de doce 12 meses, contados a partir de la fecha en que le sea notificada esta Ordenanza; para iniciar las obras de construcción a que se refiere el artículo 1º y de treinta y seis 36 meses más para su terminación, contados a partir del vencimiento del primer plazo, bajo apercibimiento de quedar sin efecto la transferencia que se efectúa en esta Ordenanza. ARTICULO 5º: Autorízase al Departamento Ejecutivo para realizar todas las tramitaciones que sean necesarias a los efectos del cumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza. ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n