DIGESTO

Expediente N°3370

3370,1997,1997-04-17,1997-05-02,ARTICULO 1º.- Fijase desde el 1° de abril de 1996, al solo y único efecto de la liquidación de lo haberes del personal municipal superior y jerárquico que se hubiera acogido a los beneficios jubilatorios del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires con anterioridad al 1° de febrero de 1996, sin que ello signifique alteración alguna del texto vigente de las Ordenanza N° 3151/95 Presupuesto General de Gastos para el año 1996 y Ordenanza N° 3309/96 Presupuesto General de Gastos para el año 1997 y documentación complementaria, el sueldo básico del cargo que a continuación se menciona, en el importe que particularmente se especifica:nnttSubsecretario……………………………………………..$ 1.677,15. ARTICULO 2º.- Mantiénense inalterables las disposiciones contenidas en la Ordenanza N° 3181/96 y en consecuencia los sueldos básicos establecidos en el artículo 1° de la misma, con excepción del determinado para el cargo de Subsecretario, para el que rige el dispuesto en el artículo 1° de esta norma legal. ARTICULO 3º.- Notifíquese la presente Ordenanza al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n