DIGESTO

Expediente N°3371

3371,1997,1997-04-17,1997-05-02,ARTICULO 1º: Convalídase en todas sus partes el Decreto Nº 368 del 12 de marzo de 1997, del Departamento Ejecutivo, por el que se acepta el compromiso contraído por las empresas CAMPANA S.A. y EXPRESO PARANA S.A., fs. 418 y 419 del expediente Nº 4016-4154/88, Cuerpo III, en virtud del cual no se obra el Boleto Escolar Primario en el Partido de Campana, a los alumnos de las Escuela General Básica escuela primaria que utilicen las unidades de las Líneas 502 y/o 228 para circular en el ámbito de su jurisdicción, compromiso que perdurará hasta la finalización de la concesión otorgada a la primera mediante Ordenanza Nº 2255/88, y se determinan nuevos valores tarifarios para el servicio público de transporte colectivo de pasajeros en jurisdicción del Partido de Campana a cargo de la Firma mencionada en primer término, desde la Cero 0 hora del día 4 de octubre de 1996 hasta que medie norma en contrario, excepto en lo que concierne al Boleto Escolar Primario que caducó en la fecha del referido Decreto, en la que entraron en vigor los demás artículos del mismo. ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n