DIGESTO

Expediente N°3390

3390,1997,1997-05-22,1997-06-10,ARTÍCULO 1º.- Cuando se disputen partidos de fútbol o algún otro evento deportivo o cultural de importancia, en el Estadio del Club Atlético Campana ubicado en Avenida Mitre y calle Dr. Simini y deba desviarse el tránsito vehicular, deberá establecerse de la siguiente manera: hacia el Partido de Zárate: Avenida Mitre, Chaco, Buenos Aires hasta empalme Ruta Nacional Nº 12; Desde el Partido de Zárate hacia el centro de la Ciudad de Campana; Buenos Aires, Tucumán y Avenida Mitre.-n nARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n