3422,1997,1997-08-14,1997-08-29,ARTICULO 1º: Reconócese como tal e impónese el nombre de BARRIO SANTA FLORENTINA al sector del Partido de Campana individualizado en croquis que como ANEXO I se declara parte integrante de esta ordenanza, conformado por las Manzanas 10, 11, 12, 13, 21, 22, 31, 32, 33, 41, 42, 51, 52, 53 y 54, surgidas del plano 14-38-96, de subdivisión de la Parcela 90 g, de la Sección Rural, Circunscripción II y las arterias cedidas por el mismo plano, que en fotocopia corr a fs. 4 del expediente Nº 4016-28.616/97, el cual linda al N.E. con la calle Justo Vigalondo. ARTICULO 2º: Impónese a las cales del Barrio SANTA FLORENTINA, los nombres que se mencionan a continuación, conforme se especifica en el ANEXO I:nnDE N.O. a S.E.:nSndalia BravonDe los TrabajadoresnDr. Miguel Angel BruninBomberos VoluntariosnJosé SierrannDE N.E. a S.O.:nMaría Lozano de OliveiranJulio Armando MelonLuis Aurelio CarmonanDe los InmigrantesnTomas Edgar Negrete. ARTICULO 3º: En virtud de lo dispuesto precedentemente, el BARRIO SANTA FLORENTINA queda delimitado por las siguientes calles: Justo Vigalondo; Sandalia Bravo; Tomás Edgar Negrete y José Sierra. ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n