3444,1997,1997-09-25,1997-09-26,ARTÍCULO 1º.- Exímese a la ASOCIACION DE LOS TESTIGOS DE JEHOVA, del pago del CINCUENTA POR CIENTO 50% de los Derechos de Construcción que de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Nº 3217/96 prorrogada por su igual Nº 3314/97, le correspondería abonar por el edificio destinado al culto religioso a erigirse en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II , Sección D, Quinta 40, Manzana 40 a, Parcela 12, sito en calle S. Chapuis sin número, de esta Ciudad, según proyecto obrante en el expediente Nº 4016-31117/97. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n