3457,1997,1997-10-09,1997-11-14,nARTICULO 1º: Convalídanse en todas sus partes el Contrato de Locación celebrado el 19 de septiembre de 1997, entre la Municipalidad del partido de Campana, representada por el señor Intendente municipal D. Jorge Rubén VARELA, por una parte, y la Señora Angélica BOGADO D.N.I. 93.583.075, en su carácter de mandataria y esposa del Señor Juan GIORDANO, según testimonio notarial que luce a fs. 222/224 del expediente Nro. 4016-26.590/87, Cuerpo II, por la otra parte, que en copia firmada obra a fs. 248/249 de esas actuaciones, cuyo objeto es la planta baja del edificio emplazado en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 19, Parcela 11ª, sito en calle Dr. M.L. Becerra nro. 877, de esta ciudad, por el termino de VEINTICUATRO 24 meses, a partir del 1º de septiembre de 1997, con opción de prorroga por igual lapso; en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS $450 mensuales, en las condiciones expresamente establecidas, para que continúe funcionando en el mismo la Delegación Campana del Instituto de Obra Medica Asistencial de la Provincia de Buenos Aires .I.O.M.A. o para su destino acorde con las funciones propias del Municipio en el caso de que esta lo desocupara. ARTICULO 2º: El departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente el Contrato que se convalida en el articulo anterior, la partida a la que se afectara la erogación que demande el cumplimiento de las obligaciones en el contenidas. ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n