DIGESTO

Expediente N°3509

3509,1997,1997-11-27,1997-12-10,ARTÍCULO 1º.- Prorrogase en todos sus términos por el plazo de DIECIOCHO 18 meses a partir de su vencimiento, 15 de noviembre de 1997, el Contrato suscripto el 15 de mayo de 1993, entre la Municipalidad del Partido de Campana y la Empresa LIFE S.A., para la “Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calzadas y Disposición final.”. ARTÍCULO 2º.- La prorroga aludida en el artículo 1° se realiza a condiciones de que se produzca una mejora en los servicios contratados, sin desmedro económico ni costo adicional alguno para el municipio, consistente en:na Barrido en la zona del Paseo Costanero en un total de 50 cuadras.nb Barrido en la Avda. Tte. Gral. Juan D. Perón en un total de 192 cuadras.nc Barrido de la calle Salmini en un total de 84 cuadras.nd Barrido de la calle Sivori en un total de 10 cuadras.ne Barrido en toda la cinta asfáltica de las calles Dellepiane y Alem.nf Recolección de residuos domiciliarios en zonas de los Barrios VITRAMU I y SANTA FLORENTINA.-ng Barrido de todas aquellas calles cuya pavimentación se haya ejecutado, o se ejecute, en el periodo comprendido entre la fecha del Contrato aludido en el artículo 1° y la finalización de la prorroga que dispone la presente Ordenanza y que se detallan a continuación:nSIVORItentretCastilla y Berutti.nSIVORItentretBerutti y French..nC. CABRERA entre Gral Belgrano y MorenonC. CABRERA entre Moreno y ColonnMORENOtentretAvd Florentino Ameghino y C. CabreranCOLONtentretAvd Florentino Ameghino y C. CabreranIRIARTtentretFrench y BeruttinPUEYRREDONtentretAvd Florentino Ameghino y ColettanSIVORItentretSarmiento y MatheunnMORENOtentretTte. Gral. Juan D. Perón y Capilla del SeñornMORENOtentretCapilla del Señor y BertolininMORENOtentretBertolini e IriarnSIVORItentretNecochea y MatheunMATHEUtentretAvd Florentino Ameghino y C. CabreranMATHEUtentretC. Cabrera y SivorinMATHEUtentretSivori y Boulevard SarmientonJACOBtentretAlberti y MatheunMATHEUtentretJacob y ColettanMATHEUtentretColetta y Avd Florentino AmeghinonNECOCHEAtentretDel Pino y Laprida nNECOCHEAtentretLaprida y Ricardo RojasnNECOCHEAtentretRicardo Rojas y UruguaynNECOCHEAtentretUruguay y ColectoranPUEYRREDONtentretBalbin y Capilla del SeñornCASTILLAtentretIriar y BertolininNECOCHEAtentretSalmini y LiniersnNECOCHEAtentretLiniers y Del PinonEn las mismas condiciones y precios establecidos en el Contrato original. ARTÍCULO 3º.- La Municipalidad se reserva el derecho de rescindir el Contrato con única condición de comunicar esta circunstancia a la Empresa con SESENTA 60 días de antelación, sin que ello de derecho a reclamo alguno por parte de la Contratista. ARTÍCULO 4º.- Los fondos necesarios para amparar la prorroga establecida en el artículo 1°, se afectaran al Capitulo II, Finalidad 3, Programa 02, 1.1.2.12.2. “Prestación del Servicio Publico por Terceros”, del Presupuesto General de Gastos año 1997, y de las partidas que al efecto se prevean en los presupuestos generales correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente la prorroga antes mencionada. ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-n