3525,1998,1998-12-30,1998-01-05,ARTICULO 1º: Transfiérese a título gratuito, a favor de la Provincia de Buenos Aires – Dirección General de Cultura y Educación el domino de los inmuebles municipales designados catastralmente como Circunscripción II; Sección J, manzana 123, Parcela 1,2 y 26, del barrio Las Colinas de Otamendi, Partido de Campana, cuyas demás características constan en el informe producido por el Departamento de Catastro el 5 de agosto de 1985 obrante en el expediente Nº 2400-3092/84. ARTICULO 2º: Los inmuebles transferidos en el artículo 1º, serán destinados a la construcción de un 1 aula para el 9º año, batería de baños, un 1 pozo absorbente, instalación de gas a granel, y un 1 playón para Educación Física, todo ello para la Escuela Nº 12 “Tte. Benjamín Maitenzo”, ubicada en el barrio Las Colinas de Otamendi, Partido de Campana, cuya realización deberá concretarse dentro de un plazo no mayor de veinticuatro 824 meses, a computar desde la entrega de la posesión de los mismos, bajo apercibimiento de quedar sin efecto la transferencia que se efectúa en esta Ordenanza. ARTICULO 3º: La posesión de los inmuebles transferidos será otorgada a la Provincia de Buenos Aires ene l momento de la notificación de la presente Ordenanza, quedando sujeta a la posterior aceptación de la transferencia por su parte. ARTICULO 4º: La escritura traslativa de dominio será otorgada, previo cumplimiento de la obligación impuesta a la Provincia de Buenos Aires en el artículo 2º a su sólo requerimiento y con intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, sin generar gasto alguno para la Municipalidad del Partido de Campana. ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.