DIGESTO

Expediente N°3566

3566,1998,1998-06-23,1998-07-28,ARTÍCULO 1º.- Desafectase del Area Rural el inmueble designado catastralmente como Circunscripción III – Sección Rural – Parcela 265 k.-n nARTÍCULO 2º.- El predio mencionado en el artículo 1º pasa a integrar el Area Complementaria como Zona Residencial Extra Urbana BC1 y estaría destinado a la localización de un Barrio Cerrado de acuerdo a lo establecido en el Decreto 27/98.-n nARTÍCULO 3º.- Se establece para la Zona Residencial Extra Urbana BC1 los siguientes indicadores urbanísticos:nnFOS = 0,30nFOT = 0,30nDENSIDAD NETA = 60 habitantes por Hectárea o la resultante de 1 vivienda unifamiliar por parcela y 150 habitantes por Hectárea con servicios centralizados de agua.nn* Dimensiones mínimas de parcelas:nnANCHO = 20 metrosnSUPERFICIE = 600 metros cuadrados.nn* Retiros Perimetrales mínimos = 3 metros. Se autorizará el apareamiento de a dos viviendas.nnSERVICIOS ESENCIALES: Energía Eléctrica domiciliaria.nAlumbrado Público.nDesagües Pluviales.nApertura y mejorado de calles.nnARTÍCULO 4º.- nUsos Permitidos: nDominante: Vivienda Unifamiliar y Multifamiliar.nComplementario: Educación.nDeportivo – Recreativo.nComercial.nnARTÍCULO 5º.- Deberá darse cumplimiento a lo requerido por el Artículo 56 del Decreto 8912 y su Decreto Reglamentario Nº 1549/83 en relación a la cesión de Espacio Verde Libre Público y Reserva para Equipamiento Comunitario. ARTÍCULO 6º.- Se adjunta a la presente como Anexo I, copia del Nuevo Plan de Zonificación del Partido de Campana, correspondiente al Código de Planeamiento Urbano Ordenanza Nº 1812/84. ARTÍCULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n