3569,1998,1998-06-23,1998-07-28,ARTÍCULO 1º.- Exímese a la ASOCIACION CRISTIANA INTERNACIONAL, del pago de los Derechos de Construcción que le corresponde abonar, por la obra que se erige en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección R, manzana 33, Parcela 3, ubicado en la calle José Hernández Nº 828 del Partido de Campana, según planos obrantes en el Expediente Nº 4016-2657/98. ARTÍCULO 2º.- Las disposiciones de esta Ordenanza regirán a partir de la fecha de su promulgación.-n nARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n