DIGESTO

Expediente N°3577

3577,1998,1998-07-23,1998-08-07,ARTÍCULO 1º.- Exímese por única vez, a los Señores Ricardo BURGUEÑO y Gisela Beatriz BURGUEÑO, domiciliados en la calle Saavedra Nº 1184, de esta Ciudad, del pago de las Tasas por Alumbrado Público; por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y por Servicios Sanitarios adeudados en los años 1993 y hasta mayo de 1998 inclusive, respecto del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección E, Manzana 347, Parcela 9, Contribuyente Nº 116187, y de los recargos emergentes del pago fuera de término, a los fines de posibilitar la escrituración de este a su favor. ARTÍCULO 2º.- El beneficio de carácter excepcional que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente las cuotas impagas de las Tasas mencionadas en el mismo.-n nARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n