3579,1998,0998-01-03,1998-08-11,ARTÍCULO 1º.- Inclúyese en la Ordenanza Nº 3488/97 Complementaria del Presupuesto General de Gastos año 1998, el siguiente artículo:nn“ARTICULO 27 Bis: Institúyese doce 12 Becas para menores comprendidos en el “Programa Libertad Asistida” de la Subdirección de Infancia, Adolescencia y Familia de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, o dependencias que hagan sus veces, cuya tramitación, otorgamiento y cobro se regirán por la reglamentación que el Departamento Ejecutivo dicte a tal fin consistente cada una de ellas en la suma de CINCUENTA PESOS $ 50 mensuales, durante los meses de enero a diciembre inclusive.-”. ARTÍCULO 2º.- Institúyese en la Ordenanza Nº 3488/97 Complementaria del Presupuesto General de Gastos año 1998, el siguiente artículo:nn“ARTICULO 28 Bis: Institúyese cinco 5 Becas para niños y/o adolescentes con necesidades especiales que por su diagnostico y tratamiento certifiquen que no pueden recibir atención en los establecimientos educativos y/o médicos públicos por lo cual se los habilita a concurrir a Instituciones y/o Organismos no gubernamentales y/o Privados de esta localidad cuya tramitación, otorgamiento y cobro se regirán por la reglamentación que el Departamento Ejecutivo dicte al efecto, consistente cada una de ellas en la suma de CIENTO CINCUENTA PESOS $ 150 mensuales, durante los meses de enero a diciembre inclusive.-”. nARTÍCULO 3º.- Inclúyese en la Ordenanza Nº 3488/97 Complementaria del Presupuesto General de Gastos año 1998, el siguiente artículo:nnARTICULO 18 Bis: Establécese una “Adicional Especial” para el Personal Escalafonado de Planta Permanente y al Mensualizado de Planta Temporaria. Este adicional será otorgado por única vez y será abonado en cinco cuotas iguales y consecutivas con las remuneraciones de agosto a diciembre de 1998, de acuerdo a lo reglamentado en la Ordenanza respectiva.- nnARTÍCULO 4º.- Modificase el Artículo 24 de la Ordenanza Nº 3488/97 Complementaria del Presupuesto General de Gastos año 1998, el que queda redactado de la siguiente forma:nn“ARTICULO 24: BECAS DE ESTIMULO PARA INTEGRANTES DE DISTINTAS EXPRESIONES CULTURALES: Institúyese cincuenta y cinco 5 Becas para Integrantes de Distintas Expresiones Culturales, consistentes cada una de ellas en la suma de CIEN PESOS $ 100 mensuales, que podrán ser otorgadas por el Departamento Ejecutivo, de acuerdo a la reglamentación existente, a los integrantes de los elencos estables de a Comedio Municipal, del Ballet Municipal de Danzas Folklóricas, del Ballet Municipal de Danzas Clásicas y Españolas, y de los Coros Municipales de Adultos y de Niños, como igualmente a personas destacadas en las distintas disciplinas artísticas, durante los meses de enero a diciembre inclusive.-”.- nnARTÍCULO 5º.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán del Capítulo II – Departamento Ejecutivo, Finalidad 5, Programa 02, Sección 1, Sector 3, Inciso 4, Partida Principal 07 “Becas para Menores comprendidos en el Programa Libertad Asistida”. ARTÍCULO 6º.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2º se tomarán del Capítulo II – Departamento Ejecutivo, Finalidad 5, Programa 02, Sección 1, Sector 3, Inciso 4, Partida Principal 08 “Becas para Niños y/o Adolescentes con Necesidades Especiales”. ARTÍCULO 7º.- Incluyese en el Clasificador Funcional del Anexo VI de la Ordenanza Nº 3487 Presupuesto General de Gastos para el año 1998, las siguientes Partidas:nn1.3.4.07. Becas para Menores comprendidos en el “Programa Libertad Asistida”nnComprende el crédito para hacer efectivas las becas a menores comprendidos en el “Programa Libertad Asistida”nn1.3.4.08 Becas para Niños y/o Adolescentes con Necesidades EspecialesnnComprende el crédito para hacer efectivas las becas a Niños y/o Adolescentes con Necesidades Especiales que concurren a Institutos y/o Organismos no Gubernamentales y/o Privados de esta Localidad.nnARTÍCULO 8º.- Las disposiciones de esta Ordenanza entrarán en vigencia conjuntamente con la Ordenanza que implementa la creación en el Presupuesto General de Gastos para el año 1998 de las Partidas a las que aluden los artículos 5º y 6º, cuyo proyecto obra en el expediente Nº 4016-2653/98.- nnARTÍCULO 9º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n