3652,1998,1998-11-26,1998-12-03,ARTICULO 1º.- Crease en el ámbito del Partido de Campana un Registro de Cáncer con las siguientes características:naContar con un diseño acotado y practico, y protocolo que incluya datos tanto de mortalidad como de morbilidad.nbQue contribuyan a corregir las falencias de los datos aportados actualmente por los certificados de defunción, dando de esta forma continuidad al estudio predecesor Retrospectivo 93 – 97 efectuado por el grupo de profesionales antes mencionados.ncQue implemente un mecanismo de denuncia obligatoria por parte de los profesionales e Instituciones Publicas y/o Privadas que aseguren la conformación de estudios serios y responsables.ndQue los datos aportados al Ente conformado mantengan elementos esenciales de confidencialidad y respeto por los derechos individuales de los enfermos . ARTICULO 2º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo la integración, junto a distintas instituciones de nuestra comunidad, interesadas en el tema a que hace referencia el art. 1°, de un Centro de Estudio Epidemiológico y de Mortalidad por Cáncer, desarrollando una tarea científica y de investigación. ARTICULO 3º.- Facultase al Departamento Ejecutivo para celebrar con Instituciones Publicas y/o Privadas convenios de colaboración de distinta índole, y recibir aportes científicos, económicos, legales, etc., que faciliten y contribuyan al cumplimiento de la presente Ordenanza . ARTICULO 4º.- A los efectos de facilitar su funcionamiento, podran ser tomados como recursos:naFondos asignados en el Presupuesto Municipal.nbFondos provenientes de creditos otorgados por Entidades Oficiales, Privados, Municipales, Provinciales, Nacionales o Extranjeras.ncDonaciones y legados que se efectuen en su favor. ARTICULO 5º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo la reglamentación de la presente norma legal. ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-ntt