3676,1999,1998-12-22,1999-01-07,ARTICULO 1º.- Convalidase la exención de integrar el Fondo Benéfico de Rifas previsto en el artículo 16° de la Ordenanza N° 1458/79 tv, contenida en el artículo 4° del Decreto N° 1954/98, del Departamento Ejecutivo, en el que se autoriza a la ASOCIACION MUTUAL DE ASISTENCIA AL DISCAPACITADO A.M.D.I.S., FILIAL CAMPANA, inscripta en el Registro de Entidades de Bien Publico de esta Comuna bajo N° 190, a poner en circulación, para su venta en este Partido, la rifa denominada “Campaña de Socio Protector con Premios”,. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-ntt