DIGESTO

Expediente N°3689

3689,1999,1998-12-22,1999-01-08,ARTICULO 1º: Inclúyese como penúltimo párrafo en el artículo 25 de la Ordenanza Nº 1376/78 t.v. el siguiente texto:n“Establécese un cupo máximo de TREINTA Y OCHO 38 paradas de taxis en el Partido de Campana.-“nnARTICULO 2º: Inclúyese en la Ordenanza Nº 1376/78 t.v. el siguiente artículo:nn“ARTICULO 42: Facúltase al Departamento Ejecutivo a través de la dependencia que corresponda, a ampliar el cupo de paradas de taxis de acuerdo a la evaluación que realice sobre las condiciones del mercado existentes en cada caso, hasta en un DIEZ POR CIENTO 10% anual. ARTICULO 3º: Inclúyese en el artículo 22 de la Ordenanza Nº 1424/79 t.v.9 el siguiente párrafo:n“Establécese un cupo máximo de DIECIOCHO 18 agencias de remises en el Partido de Campana.-“nnARTICULO 4º: Inclúyese en la Ordenanza Nº 1424/79 t.v. el siguiente artículo:nn“ARTICULO 26: Facúltase al Departamento Ejecutivo a través de la dependencia que corresponda, a ampliar el cupo de agencia de remises de acuerdo a la evaluación que realice sobre las condiciones del mercado existentes en cada caso, hasta en un DIEZ POR CIENTO 10% anual. ARTICULO 5º: A los fines de los dispuesto precedentemente, modifícase la numeración de los artículos 42 de la Ordenanza Nº 1376/78 t.v. y 26 de la Ordenanza Nº 1424/79 t.v. por los de artículos 43 y 27, respectivamente. ARTICULO 6º: Modifícase el artículo 4º de la Ordenanza Nº 3167/95, el que quedará redactado de la siguiente manera:nn“ARTICULO 4º: Establécese una distancia mínima de QUINIENTOS METROS 500 M entre agencia de este servicio y agencia de remises y/o paradas de taxis, y un cupo máximo de SEIS 6 agencias de este tipo en el Partido de Campana. ARTICULO 7º: Inclúyese el artículo 9º en la Ordenanza Nº Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos., el que quedará redactado de la siguiente manera:nn“ARTICULO 9º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a través de la dependencia que corresponda, a ampliar el cupo de agencias de servicio contratado de acuerdo a la evaluación que realice sobre las condiciones del mercado existentes en cada caso. ARTICULO 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n