3708,1999,1999-05-06,1999-05-19,ARTICULO 1º: Créase el COMITÉ DE EMERGENCIA OCUPACIONAL DEL MUNICIPIO DE CAMPANA, que tendrá por finalidad atender la problemática de la desocupación, la subocupación y la inestabilidad laboral que aqueja a la población de Campana. ARTICULO 2º: Dicho Comité estará integrado por: el titular del Departamento Ejecutivo Municipal, D. Jorge Rubén Varela; el titular del Departamento Deliberativo Municipal D. Luis Ricardo Gómez; el Diputado Provincial de la Ciudad de Campana, D. Alberto C. Giordanelli; el Obispo de la Diócesis Zárate-Campana, Monseñor Rafael Rey; y el Presidente de la Cámara de Unión Comercio e Industria, D. Héctor Andrés Ghioni, a quienes se invitará a participar personalmente o a través de un representante. ARTICULO 3º: Facúltase al COMITÉ DE EMERGENCIA OCUPACIONAL para incorporar a su integración, en forma permanente o transitoria, a todas aquellas instituciones gremiales, empresas, u organizaciones intermedias, que estime oportuno y que soliciten y acepten su incorporación al Comité, en las condiciones que el mismo fije en cada caso. ARTICULO 4º: Facúltase el COMITÉ DE EMERGENCIA OCUPACIONAL para desarrollar ante organismos e instituciones públicas y/o privadas, particulares, empresas, o cualquier ente de orden nacional o provincial, las gestiones que dentro de sus seno se determinen para proteger los derechos de los vecinos de Campana que se encuentren desocupados, subocupados, o en situaciones de inestabilidad laboral; así como para analizar y promover políticas públicas que apunten a conservar y aumentar la cantidad de puestos de trabajo existentes en el Distrito. ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.n