DIGESTO

Expediente N°3752

3752,1999,1999-08-19,1999-09-07,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Convenio celebrado el día 21 de mayo de 1999, entre la Municipalidad del Partido de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal D. Jorge Rubén VARELA, por una parte, y la Señora Licia Beatriz FAFFITTE, D.N.I. Nº 0.987.437, ex – agente de esta Municipio, cuya fotocopia obra a fs. 108 del expediente Nº 4016-5353/98 y el Decreto Nº 1016/99 del Departamento Ejecutivo, por el que se dispuso el pago de la suma sin intereses comprometida en dicho Convenio, en concepto de indemnización por incapacidad conforme la indemnización correspondiente a las Pólizas Nº 3653.000 3712.000, de acuerdo a las constancias obrantes en el legajo Nº 1678, reservándose el derecho a reclamar judicial y/o extrajudicialmente, el reintegro de la suma indemnizatoria que se manda abonar, contra la aseguradora y/o las personas que resultaren responsables del pago de la prima a dicha aseguradora. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n