3769,1999,1999-10-07,1999-10-14,ARTÍCULO 1º.- Autorizase a la COOPERATIVA DE PROVISION Y SERVICIOS PUBLICOS PARA PRODUCTORES FORESTALES LTDA, con domicilio en Río Carabelas, Vía Tigre, Provincia de Buenos Aires, a establecer la tarifa única de PESOS CINCO $5, para la prestación del servicio contratado de transporte de pasajeros en jurisdicción del Partido de Campana, desde el Río Carabelas hasta el centro de la Ciudad de Campana o viceversa, con sujeción a lo normado en el Decreto del Departamento Ejecutivo N° 230/89, convalidado por Ordenanza N° 2399/89 texto según modificación introducida por Ordenanza N° 3747/99, en cuanto resulte compatible; y en las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes.-nnARTÍCULO 2°.- La tarifa establecida en el artículo 1° de la presente Ordenanza, queda sujeta a la aprobación de la Dirección Provincial del Transporte del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.-nnARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-nn