DIGESTO

Expediente N°3804

3804,1999,1999-12-21,1999-12-28,ARTÍCULO 1º.- Exímese al Señor Pablo Cruz GONZALEZ, legajo N° 4425, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene en el periodo comprendido entre los años 1996 a 1999. ARTÍCULO 2°.- Otórguese el cese al comercio ubicado en Avda. Rivadavia N° 1434, cuya titularidad se indica en el artículo anterior, a partir del 26 de junio de 1999. nARTÍCULO 3°.- Los beneficios que se conceden en los artículos anteriores, comprende únicamente a los importe impagos de la Tasa y Derechos referidos en el mismo y por los periodos indicados precedentemente. ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n