3813,1999,1999-12-28,1999-12-29,ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el CONVENIO 1998 – UNIDADES DE DESARROLLO INFANTIL – MODALIDAD CENTROS DE ATENCION INTEGRAL – DISTRITO CAMPANA, suscripto entre el Concejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano C.P.F y D.H., representado por su Secretaria Ejecutiva Lic. María Nélida DOGA, y la Municipalidad de Campana, representada en tal acto por el Señor Intendente Municipal, Don Jorge Rubén VARELA, para la implementación de Centros de Atención Integral Ex – Emprendimientos de Cuidado Infantil de 2 a 5 años, el 16 de diciembre de 1998, cuya fotocopia corre a fs. 23/23 vta. del expediente Nº 4016-31.837/97. ARTÍCULO 2º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación necesaria a los fines del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el Convenio que se convalida en el artículo 1º y a realizar todas las tramitaciones emergentes del mismo. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. t