DIGESTO

Expediente N°3847

3847,2000,2000-04-27,2000-05-11,ARTICULO 1º.Cédase en carácter de comodato, a favor de la Asociación Cooperadora del Hospital Municipal “San José”, una fracción de terreno con lo allí edificado, que cuenta con una superficie de veintinueve metros cuadrados 29 m2., sobre la esquina de las calles L. P. Jacob y Alberti, y que forma parte de una fracción mayor, designada catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 224, del Partido de Campana, según se especifica en el plano que se adjunta como ANEXO I de la presente Ordenanza. ARTICULO 2º.El destino que la Asociación Cooperadora en carácter de “comodataria” le dará al inmueble cedido, será el de la construcciónnde un telecentro, sin costo para el Municipio, siguiendo las instrucciones del plano que como ANEXO II forma parte integrante de la presente Ordenanza, para su posterior explotación, en forma directa o a través de terceros. ARTICULO 3º.El plazo de duración del comodato se establece en diez 10 años a partir de la fecha de firma del contrato de comodato. ARTICULO 4º.En el caso de que transcurrido un 1 año desde la sanción de la presente norma legal, no se hayan iniciado las obras para la ninstalación del telecentro a que se hace referencia en el artículo 2º, o el mismo no se encuentre funcionando antes de cumplidos los dos 2 años de esa fecha, el comodato a que se hace mención en el artículo 1º quedará automáticamente sin efecto. ARTICULO 5º.Autorízase al Departamento Ejecutivo a la firma de los respectivos contratos y convenios a que hubiere lugar para el mejor cumplimiento de la presente. ARTICULO 6º.Autorízase al Departamento Ejecutivo a establecer las reglamentaciones que faciliten el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. ARTICULO 7º.-nComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-