DIGESTO

Expediente N°3880

3880,2000,2000-05-23,2000-05-29,ARTICULO 1º.-tModifícase el artículo 220 de la Ordenanza Fiscal Nº 2460/89 t.v., el cual quedará redactado de la siguiente manera:nn“ ARTICULO 220.- tFacúltase al Departamento Ejecutivo a aceptar el pago de “ – – – – – – – – – – – – -tanticipos de hasta un NOVENTA POR CIENTO “t 90% de impuestos correspondientes al año anterior, para las Tasas por: “tAlumbrado Público terrenos baldíos únicamente; Barrido, Limpieza y “tConservación de la Vía Pública; comprendidas en el Capítulo I, de la Parte “tEspecial de esta Ordenanza.nt“ tttTambién se faculta al Departamento Ejecutivo para “taceptar a solicitud de los Contribuyentes de la Tasa por Inspección de “tSeguridad e Higiene, comprendida en el Capítulo IV de la Parte Especial de “tla Ordenanza Fiscal Ordenanza Nº 2460/89, t.v. el pago de anticipos “ tdesde un QUINCE POR CIENTO 15 % hasta un CINCUENTA POR “ tCIENTO 50 % de la Tasa abonada en el año anterior, gozando, durante “tveinticuatro 24 meses, de una bonificación del CERO CON OCHENTA Y “tTRES POR CIENTO 0,83 % mensual sobre el total del monto anticipado “ que se les acreditará mensual y conjuntamente con la veinticuatroava parte “ de dicho anticipo al momento de efectuar cada pago de la referida Tasa, a “tpartir del mes posterior al pago del mismo.nt“tttDurante el plazo de devolución del anticipo, el importe “tde la referida Tasa no será alcanzado por futuras variaciones de la misma, “tni tampoco disminuida la bonificación establecida en el párrafo anterior dentro “tde ese mismo plazo.-”. ARTICULO 2º.-tDerógase en todas sus partes la Ordenanza Nº 3857/2000.-n tnARTICULO 3º.-tLa presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del momento de su promulgación ARTICULO 4º.- tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n