3890,2000,2000-07-05,2000-07-12,ARTICULO 1º.- tExímese a la Señora Elsa Griselda OLIVERA, Legajo Nº 8652, con domicilio en calle Alberti Nº 563 de esta Ciudad, del pago de las Tasas por Inspección de Seguridad e Higiene desde el año 1999 hasta el año 2000, ambos inclusive, por Habilitación de Comercios e Industrias y por Servicios Varios artículo 43, inciso a, apartado 1, de la Ordenanza Impositiva, Ordenanza Nº 2937/92 t.v., que le corresponde abonar por la habilitación del establecimiento destinado a la venta de ropa para niños y regalería. ARTICULO 2º.-tEl beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a los importes impagos de las Tasas referidas en el mismo y hasta la fecha indicada precedentemente. ARTICULO 3º.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-