DIGESTO

Expediente N°3944

3944,2000,2000-09-28,2000-10-05,ARTICULO 1º.- tConvalídase la exención de integrar el Fondo Benéfico de rifas previsto en el artículo 16 de la Ordenanza Nº 1458/79 t.v., contenida en el artículo 5º del Decreto Nº 0999/2000 y su modificatorio Nº 1041/2000 del Departamento Ejecutivo, en el que se autoriza a la ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES CAMPANA – A.P.A.C., inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público de esta Comuna bajo Nº 092, a poner en circulación una rifa, para su venta en este Partido. ARTICULO 2º.- tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n