3965,2000,2000-10-26,2000-11-07,ARTICULO 1º.-tExímese al “CAMPANA BOAT CLUB” del pago de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal desde el año 1998 hasta el año 2000 ambos inclusive, respecto del inmueble donde esa institución desarrolla sus actividades, identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 3, Parcela 1a, Contribuyente Nº 418804. ARTICULO 2º.-tFacúltase al Departamento Ejecutivo a eximir anualmente, a la institución mencionada en el artículo anterior, del pago de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, sin que ello implique en modo alguno exención del cumplimiento de las obligaciones formales inherentes a tales gravámenes, debiendo ser requerida esa exención en forma anual. ARTICULO 3º.-tEl Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro, el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores. ARTICULO 4º.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n