DIGESTO

Expediente N°3967

3967,2000,2000-10-26,2000-11-07,ARTÍCULO 1º.- Modifícase el artículo 2º de la Ordenanza Nº 1850/84 texto vigente, el que quedará redactado de la siguiente manera:nn “ARTÍCULO 2º.- Destínase a los fines de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente, la suma de OCHO MIL PESOS $ 8.000.-, provenientes de los recursos del ejercicio anual correspondiente, percibidos por esta Comuna en concepto de Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, que afecte a los inmuebles del Partido de Campana, y de los recursos provenientes del ejercicio correspondiente percibido por este Municipio, en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por actividades desarrolladas en este Distrito.-”.- nnARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n