3988,2000,2000-12-07,2000-12-20,ARTICULO 1º.-tExímese a la “ASOCIACIÓN DE ABOGADOS DE LA CIUDAD DE CAMPANA”, del pago de las Tasas por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, correspondiente a los años 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999; por Servicios Sanitarios correspondiente a los años 1995, 1996, 1997 y 1º anticipo del año 1998, respecto del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 193, Parcela 3a, Contribuyente Nº 113765. ARTICULO 2º.-tEl beneficio que se concede en el artículo anterior comprende únicamente a los importes impagos de las tasas mencionadas en el mismo. ARTICULO 3º.-tEl Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro, el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores. ARTICULO 4º.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n