DIGESTO

Expediente N°3995

3995,2000,2000-12-07,2000-12-20,ARTICULO 1º.-tSustitúyese el texto del artículo 1º de la Ordenanza Nº 3937, promulgada por Decreto Nº 1792 de fecha 5 de octubre de 2000, por el siguiente:ntARTICULO 1º.-tExímese en los años 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999 al TIRO FEDERAL ARGENTINO DE CAMPANA, con domicilio en calle R. Alferi Nº 350 de esta Ciudad, del pago de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, respecto de los inmuebles identificados catastralmente como: Circunscripción II, Sección E, Parcela 33 BE, Contribuyente Nº 404862, y Circunscripción II, Sección E, Manzana 22, Parcela 2, Contribuyente Nº 417854.-”.nnARTICULO 2º.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n