DIGESTO

Expediente N°4025

4025,2001,2000-12-21,2001-01-04,ARTÍCULO 1º.- Convalídase la exención de integrar el Fondo Benéfico de Rifas previsto en el artículo 16 de la Ordenanza Nº 1458/79 t.v., contenida en el artículo 5º del Decreto Nº 0211/2000 y su modificatorio Nº 0438/2000 del Departamento Ejecutivo, en el que se autoriza al CENTRO DE LA TERCERA EDAD “CORAZONES ABIERTOS”, inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público de esta Comuna bajo Nº 082, a poner en circulación una rifa, para su venta en este Partido. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n