4036,2001,2001-04-19,2001-04-25,ARTICULO 1º.-tModifícase el texto del artículo 1º de la Ordenanza Nº 4018/2001, por el siguiente:nn“ARTICULO 1º.-tProrrógase por el término de UN 1 año a partir del 1º de enero de 2001, los beneficios y demás disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 3316/96, ya prorrogada en los ejercicios 1998 y 1999 por Ordenanza Nº 3678/98 y en el año 2000 por Ordenanza Nº 3843”.-”nnARTICULO 2º.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n