DIGESTO

Expediente N°4037

4037,2001,2001-04-19,2001-04-25,ARTICULO 1º.-tModifícase el texto del artículo 1º de la Ordenanza Nº 4017/2001 por el siguiente:nn“ARTICULO 1º.-tProrrógase por el término de UN 1 año a partir del 1º de enero de 2001, los beneficios y demás disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 3217/96, ya prorrogada en el ejercicio 1997 por la Ordenanza Nº 3314/96, en el ejercicio 1998 por la Ordenanza Nº 3526/98, en el ejercicio 1999 por Decreto Nº 055/99, convalidado por Ordenanza Nº 3703/99 y en el año 2000, por Decreto Nº 0105 del Departamento Ejecutivo, dictado “Ad-Referendum” de su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante, convalidada por Ordenanza Nº 3844/2000.-”. ARTICULO 2º.-tComuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-