DIGESTO

Expediente N°4151

4151,2001,2001-12-14,0001-12-27,ARTÍCULO 1º.- Exímese en los años 1998 y 1999 a la Farmacia Sindical, perteneciente a la UNION OBRERA METALURGICA – SECCIONAL CAMPANA, con domicilio en Avda. Gral. B. Mitre Nº 1055 de esta Ciudad, del pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y por Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, respecto del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 68, Parcela 7a, Contribuyente Nº 154971, legajo Nº 8074. ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a los importes impagos, de la Tasa indicada en el mismo y solamente en los períodos indicados precedentemente. ARTÍCULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en los respectivos registros, el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n