4257,2002,2002-08-22,2002-09-04,ARTICULO 1º.-tReconócese la deuda contraida con el Señor Hector Antonio DEMOUSSELLE , L.E. N° 4.732.041, por la falta de pago, al momento de su renuncia, de la retribución especial sin cargo de reintegro prevista en el segundo párrafo del inciso f del artículo 19 de la Ley Provincial N° 11.757, para quienes al momento del cese acrediten como mínimo treinta 30 años de servicios, equivalente a la suma de CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS CON DOCE CENTAVOS $5.850,12.-, y autoriza al Departamento Ejecutivo a abonar dicho importe. ARTICULO 2º.- Registrase el gasto enunciado en el artículo anterior en la Cuenta 2004 “Deuda Flotante” y efectuase el débito en la cuenta “Resultado de Ejercicios”. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-