DIGESTO

Expediente N°4280

4280,2002,2002-10-17,2002-10-29,ARTICULO 1º.-tSuspéndase hasta el 31 de diciembre de 2002 la prosecución del tramite de la totalidad de las ejecuciones judiciales promovidas por la Municipalidad de Campana, cualquiera sea el origen de los créditos fiscales que se reclamen en ella.ntAsimismo, no se promoverá nuevas ejecuciones durante dicho periodo en tanto no se ponga en peligro la prescripción de la acción judicial. ARTICULO 2º.-tLa suspensión dispuesta en el artículo anterior no regirá cuando la persona ejecutada formule dentro del respectivo proceso de apremio, oposición o requerimiento, con fundamento en la caducidad de instancia. ARTICULO 3º.- La Secretaria de Economía y Hacienda, y por su intermedio, la Oficina de Apremio Municipal, adoptara las medidas necesarias para hacer efectiva la suspensión indicada en los artículos anteriores. ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n