4291,2002,2002-11-21,2002-12-05,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto Nº 1724 de fecha 30 de octubre de 2002, por medio del cual se prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2002 el período de vigencia de la Ordenanza Nº 4233/2002, promulgada por Decreto Nº 1101 de fecha 12 de julio de 2002 y modificado por Ordenanza Nº 4273/2002;nnARTÍCULO 2º.- Prorrogase hasta el 31 de diciembre de 2002 el período de vigencia de la Ordenanza Nº 4233/2002, prorrogada por Ordenanza Nº 4273/2002 y por Decreto Nº 1724 del Departamento Ejecutivo, que se convalida en el artículo 1º de la presente, en los mismos términos establecidos en dicho acto administrativo, respecto a que los Contribuyentes que hagan uso del beneficio contemplado en la norma durante la prórroga que se establece en la presente, pierdan el derecho de participar en el sorteo del mes de diciembre de 2002. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n