DIGESTO

Expediente N°4321

4321,2002,2002-12-23,2002-12-30,nARTÍCULO 1º.- Prorrogase por el término de un 1 año a partir del 1º de enero de 2003, los beneficios y demás disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 3217/96, ya prorrogada desde el ejercicio correspondiente al año 1997, hasta el ejercicio correspondiente al año 2002, ambos inclusive, por medio de diferentes actos administrativos dictados al efecto. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-