4333,2003,2002-12-23,2003-01-08,ARTÍCULO 1º.- Exímese en los años 2001 y 2002 al Señor Alfio SERINI, Contribuyente Nº 3578/0, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, que le hubiere correspondido abonar por la actividad comercial desarrollada dentro del rubro taller de tornería. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n