4537,2004,2004-07-15,2004-07-23,ARTÍCULO 1º.- Derogase en todas sus parte la Ordenanza N° 3826/2000, por la que se autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar a la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, en uso gratuito y precario de una superficie de SEIS 6 Hectáreas del inmueble de mayor superficie de propiedad municipal situado en el Partido de Campana, identificado catastralmente como: Circunscripción III, Sección Rural, Parcela 255 a, cuya ubicación surge del Plano de Mensura características 14-18-87, que conforma su ANEXO I, con destino exclusivo a la instalación, construcción y funcionamiento de un centro de actividades de tipo recreativas y/o deportivas para los afiliados de la entidad y para los habitantes del Partido de Campana, por exclusiva cuenta y cargo de la misma . ARTÍCULO 2º.- En consecuencia con lo dispuesto en el artículo anterior, declarase rescindido el Contrato de Comodato, celebrad el 19 de diciembre del año 2000, entre la Municipalidad del Partido de Campana, representada por el Sr. Intendente Municipal Don Jorge Rubén VARELA y la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, representada por su Secretario General Adjunto Don Roberto Carlos FERNANDEZ, que en fotocopia lucen a fs 29 del expediente N° 4016-12.932/99, por razones imputables a la Comodataria. ARTÍCULO 3º.- En virtud de los dispuesto en el artículo 2°, requiérase a la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR, con Personaría Gremial otorgada por Resolución N° 409, de fecha 29 de abril de 2004 e inscripta en el Registro respectivo bajo N° 104, con carácter de Entidad Gremial de Primer Grado, según Resolución N° MN.T, y S.S. N° 0603/90, con domicilio en calle Moreno N° 2969, de la Ciudad de Buenos Aires, la restitución del inmueble descripto en el artículo 1°, dentro del plazo de treinta 30 días hábiles a contar de la notificación de la presente, bajo apercibimiento de accionar judicialmente, sin perjuicio de las gestiones extrajudiciales que se pudieran practicar por intermedio de la Dirección de Asuntos Legales del Municipio, con tal finalidad y dentro del mismo periodo. ARTÍCULO 4º.- La Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad de Campana tendrá a su cargo la tramitación de las acciones extrajudiciales y judiciales que correspondan a los fines de la desocupación del inmueble por parte de su actual ocupante el Sr. Roque LARROSA DNI. 14.826.101, una vez recuperado el mismo de la entidad gremial. ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-