4538,2004,2044-07-15,2004-07-23,ARTÍCULO 1º.- Incluyase dentro de lo dispuesto en la Ordenanza N° 4456/2003 la exención de pago de las Tasas por Habilitación de Comercio e Industria y por Servicios Vario, al Jardín de Infantes “MARTINCITO” perteneciente al OBISPADO ZARATE-CAMPANA . ARTÍCULO 2º.- La exención dispuesta en el artículo anterior no exime a dicha institución de las obligaciones formales inherentes a esos gravámenes. ARTÍCULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuara en el respectivo registro, el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo 1°. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n