4542,2004,2004-07-15,2004-07-23,ARTICULO 1º.- Exímese en los años 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004, al Señor Carlos A. PAREDES, Contribuyente N° 379/0, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y por los Derechos de Oficina, por la actividad comercial desarrollada oportunamente dentro del rubro kiosco. ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-