DIGESTO

Expediente N°4666

4666,2004,2004-12-21,2004-12-29,ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por el término de un 1 año a partir del 1º de enero de 2005, los beneficios y demás disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 3217/96, ya prorrogada en diferentes ejercicios. ARTÍCULO 2º.- Exímese en el período fiscal comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2005, a los propietarios de automóviles de alquiler con taxímetro destinados al transporte de pasajeros, del pago del gravamen estipulado en el inciso f del artículo 28 del Capítulo X – Derechos de Ocupación de Espacios Públicos, de la Ordenanza Impositiva Nº 2837/92 t.v. al que están obligados de acuerdo a lo normado en el artículo 30º de la Ordenanza Nº 1376/78 t.v. y el artículo 156º de la Ordenanza Fiscal Ordenanza Nº 2460/89 t.v., Capítulo X – Derechos de Ocupación de Espacios Públicos. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n